Contexto
En esta oportunidad, la intervención de la Cámara Federal de Casación Penal estuvo relacionada con el reconocimiento como parte querellante en el proceso de una de las mujeres víctimas para ejercer sus derechos en el debate.
Se entendió que la víctima no había tenido conocimiento real de esa posibilidad antes de la clausura de la etapa de instrucción (término procesal para constituirse en querellante) y que, por razones de orden constitucional, correspondía habilitar su intervención en el juicio a llevarse a cabo sobre los hechos precisados y la prueba ofrecida por el Ministerio Público Fiscal.
En cuanto a lo último, con la posibilidad de la querellante de incorporar prueba novedosa, sometida al contradictorio de las defensas. En tales condiciones, la Sala IV consideró que no había perjuicio alguno para las defensas que justificara ni apartar a la querellante ni anular lo actuado y retrotraer el estado de las actuaciones a una etapa previa.
Cómo sigue
La decisión de Casación permitirá a la víctima participar del juicio oral, ofrecer nueva prueba en la etapa preparatoria y estar representada en su rol de querella durante el debate. Esto incluye la posibilidad de realizar un alegato final y pedir eventuales condenas a los acusados.